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¿Qué sucede si recibo más de tres envíos al año?

¿Qué sucede si recibo más de tres envíos al año?

En este caso solo tres envíos gozarán de los beneficios del régimen. El resto podrá ser tramitado por el régimen general de importación o, si reúne las condiciones, por el régimen simplificado previsto en el Artículo 5 del Decreto 506/001.

Es decir, si el valor en factura del envío es menor o igual a USD 200 se podrá utilizar el régimen simplificado que permite ingresar mercadería pagando una prestación equivalente al 60% del valor en aduana de la mercadería y sin necesidad de contratar un despachante de aduana (Artículo cinco del Decreto Nº 506/01). En cambio, si el valor del envío es mayor a los USD 200, entonces deberá contratar un despachante de aduanas y pagar todos los tributos correspondientes para ingresar su envío por régimen general de importación.