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Responsable y procedimiento reglamentario

El Directorio de la Administración Nacional de Correos asumió el compromiso de promover la cultura de la transparencia de la función administrativa de nuestra Institución y garantizar el derecho fundamental de todas las personas al acceso a la información pública.

Responsable

Por Resolución de Directorio Nº 132/2015 de fecha 18 de junio de 2015, se resolvió Instituir la Unidad de Transparencia Activa y Pasiva dentro de la ANC, disponiendo en el numeral II) de dicha resolución, que la Esc. Ma. Laura Sarasa mantenga, en el ámbito de la Unidad creada, el carácter de Responsable de la Transparencia Activa y Pasiva.

De la parte expositiva - numeral II) del Considerando del acto administrativo de referencia, surge que los funcionarios Lic. Luis de Avila, a cargo de la Unidad de Comunicación Corporativa, y Esc. Laura Sarasa, a cargo de la Unidad de Transparencia, son conjuntamente responsables de los contenidos publicados en la web de la ANC, actualizando los mismos en la forma establecida en el Decreto y según lo establecido en los artículos 38 y 40 del mismo - Transparencia Activa.

Procedimiento Reglamentario

Por resolución de Directorio Nº 2011/289 de fecha 18 de noviembre de 2011, se aprobó el procedimiento reglamentario respecto a la transparencia activa y pasiva.

Reglamento para la Clasificación, Desclasificación y Rotulación de la Información Pública de la ANC 

Por Resolución de Directorio Nº 409/2013 de fecha 19 de diciembre de 2013 se aprobó el Reglamento para la Clasificación, Desclasificación y Rotulación de la Información Pública en poder de la Administración Nacional de Correos con carácter reservado y confidencial, de acuerdo a lo que establece la Ley Nº 18.381, de fecha 17 de octubre de 2008.

Con dicho Reglamento se apunta a la implementación de un Sistema Integral de Gestión de Riesgos para la Administración, desarrollando y promoviendo políticas, reglamentaciones, y/o procedimientos para evitar con ello la falta de logro del objetivo de la referida ley, además de promover de esa forma la transparencia en la gestión pública.

Justamente en función de lo expuesto es que será obligación de cada Área, División, Jefatura o Encargatura, realizar un relevamiento de la información que obra en su poder, e identificar aquella que debiera ser clasificada como reservada y/o confidencial (arts. 4 y 11 del Reglamento Interno).

Asimismo, se exhorta especialmente el cumplimiento de las disposiciones del Reglamento en cuestión, ya que su contravención, podría determinar la configuración de falta administrativa grave por parte de aquellos funcionarios que incumplieran con el mismo. 

Por resolución de Directorio Nº 192/2015 de fecha 7 de agosto de 2015, se resolvió aprobar las modificaciones al Reglamento de Procedimiento para la clasificación, desclasificación y rotulación de la Información pública en poder de la Administración Nacional de Correos de acuerdo a incorporaciones establecidas en la Ley Nº 19.178 de fecha 27 de diciembre de 2013.


Reglamento del Procedimiento Administrativo para Acceder a la Información Pública en poder de la ANC y Flujograma

Por resolución de Directorio Nº 221/2015 de fecha 10 de setiembre de 2015, se aprobó el Reglamento del Procedimiento Administrativo para Acceder a la Información Pública en poder de la Administración Nacional de Correos, conforme a la Ley Nº 18.381 de 17 de octubre de 2008, conjuntamente con el Flujograma que plasma la operativa para la tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública. 

En el numeral 2) de la parte dispositiva de dicho acto administrativo se resuelve: Dejar sin efecto la Resolución de Directorio Nº 2011/289 del 18 de noviembre de 2011 que aprueba el Instructivo para Solicitud de Información Pública, que será sustituido por el Reglamento que se aprueba.

Por resolución de Directorio Nº 228/2019 de fecha 24 de julio de 2019, se resolvió aprobar las modificaciones al Reglamento del Procedimiento Administrativo para Acceder a la Información Pública en poder de la Administración Nacional de Correos. Las mismas operarán de acuerdo a las incorporaciones referidas, posibilitando la instancia de notificación electrónica de las actuaciones contenidas en los expedientes que así lo requieran, al igual que la presentación de las solicitudes de acceso a la información pública, a través de medios electrónicos, entre otros.


Última actualización: 01/03/2024

Responsable de la información:
Unidad de Transparencia - Esc. Ma. Laura Sarasa - Teléfono: 2916 0200 interno 296