Saltar menú contextual

¿Cuál es la reglamentación para el envío de muestras?

¿Cuál es la reglamentación para el envío de muestras?

 

El régimen de importación de muestras esta regulado por el Decreto 200/016. Dicho régimen está diseñado específicamente para empresas o profesionales que necesitan recibir prototipos o artículos de exhibición.

Muestras sin valor comercial: Son aquellas que han sido inutilizadas (perforadas, cortadas, etc.) para que no puedan ser vendidas. Están exentas de tributos.

Muestras con valor comercial: Artículos que no han sido inutilizados pero se importan con fines de prueba o exhibición.

Límite de valor: Hasta USD 500.

Frecuencia: Se puede utilizar un máximo de 4 veces al año por importador.

Requisitos: El importador debe estar registrado ante la DGI y el BPS.

Dependiendo del producto (alimentos, cosméticos, etc.), puede requerir trámites previos en VUCE (Ventanilla Única de Comercio Exterior). Estos envíos deben ingresar a través de un despacho aduanero simplificado; esto implica que debe obligatoriamente participar un despachante de aduanas.