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¿Qué objetos sólo se pueden enviar bajo ciertas condiciones?

¿Qué objetos sólo se pueden enviar bajo ciertas condiciones?

  • Medicamentos: en un embalaje conforme con las disposiciones vigentes, adjuntando prospecto y/o receta médica (en caso de medicamentos controlados es obligatorio y debe ser declarado en el idioma del país de destino). Se expiden sujetos a resolución del Correo y la Aduana de destino.
  • Vidrio: si el embalaje es adecuado y no reviste inseguridad para el resto de los envíos, ni para los funcionarios, puede expedirse. Por ejemplo: se puede utilizar algodón, cajas de madera, viruta.
  • Sustancias infecciosas: excepto cuando las sustancias se transportan en un embalaje conforme al envío con una carta membretada de la Institución de donde provienen, en español y en el idioma del país de destino. Especificar en la cubierta: MATERIAL DE ESTUDIO - SUSTANCIA PELIGROSA.
  • Piedras semi-preciosas: típicas de nuestro país, tales como ágata, amatistas, podrán ser enviadas ya sea en estado natural o manufacturadas si se encuentran embaladas correctamente.
  • Material radioactivo, especímenes biológicos: deben ser expedidos por un organismo oficial o laboratorio establecido y habilitado. Consultar a nuestro Centro de Contacto 0800 2108.
  • Metales preciosos (ejemplo, oro, plata manufacturados o no), joyas, piedras preciosas ( Diamantes, entre otros). Los objetos con pedrería y metales preciosos, cuando viajan con declaración de valor y demás previsiones UPU, están permitidos.
  • Vinos: están permitidos si viajan en su envase original cerrado de fábrica y bien embalados.
  • Metal: se puede enviar debidamente declarado, que no sea en forma punzante o cortante, depende siempre de la compañía aérea que los transporte o no, pueden rechazarlos. No es una prohibición de los países, ni de los organismos internacionales que regulan la actividad postal (UPU, Upaep).