Lista de objetos prohibidos
Información general
Al enviar cualquier tipo de envío se debe tener en cuenta todas las prohibiciones que existen, en los envíos verificables se tiene la posibilidad de controlar y en la admisión de un envío no verificable, si el funcionario postal dudase de su contenido, le informará de las prohibiciones vigentes a nivel nacional e internacional.
LISTA DE OBJETOS PROHIBIDOS
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armas de fuego
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explosivos (ej. TNT, bengalas, fuegos artificiales, municiones, encendedores a gas)
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gases comprimidos y aerosoles (ej. extintores, aerosoles, butano para cocinillas a gas, faroles a mantilla o a gas, aunque estén vacíos, desodorantes en spray, ni perfumes)
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líquido inflamable (ej. gasolina, pintura, diluyente)
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materiales corrosivos (ej. algunos líquidos de limpieza, productos contra herrumbre, ácido, soda caústica, pilas)
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objetos inflados
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pornografía
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sólidos inflamables, objetos y materias de combustión espontánea y que al mojarse resultan peligrosos
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sustancias irritantes y los imanes
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veneno (ej. arsénico, cianuro, pesticidas, drogas)
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metal denso = mercurio
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especímenes biológicos (ej. especímenes bacteriológicos y patológicos) circulan bajo determinadas normas de seguridad.
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productos alimenticios perecederos. Vinos están permitidos si viajan en su envase original cerrado de fábrica y bien embalados.
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dinero en efectivo, cheques
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líquidos (ej. perfumes)
Existen prohibiciones particulares de cada país. Ej:
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Perú no recibe ropas y zapatos usados; es prohibida su importación.
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Estados Unidos no recibe alimentos destinados al consumo humano y animal, vitaminas, aditivos alimenticios, colorantes excepto que realicen la solicitud a la dirección de internet
http://www.access.fda.gov/index.html. Están excluídos los alimentos no comerciales preparados por una persona privada.
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Comunidad Europea no admite productos lácteos y carne. Se pueden realizar los trámites correspondientes ante el MGAP solicitando un documento oficial para acompañar el envío.
Objetos que se pueden enviar bajo ciertas condiciones
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medicamentos - en un embalaje conforme con las disposiciones vigentes, adjuntando prospecto y/o receta médica (en caso de medicamentos controlados es obligatorio y debe ser declarado en el idioma del país de destino).Se expiden sujetos a resolución del Correo y la Aduana de destino.
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vidrio - si el embalaje es adecuado y no reviste inseguridad para el resto de los envíos, ni para los funcionarios, puede expedirse. Por ej. se puede utilizar algodón, cajas de madera, viruta.
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sustancias infecciosas - excepto cuando las sustancias se transportan en un embalaje conforme al envío con una carta membretada de la Institución de donde provienen, en español y en el idioma del país de destino. Especificar en la cubierta MATERIAL DE ESTUDIO - SUSTANCIA PELIGROSA.
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las piedras semi-preciosas típicas de nuestro país, tales como ágata, amatistas, etc. podrán ser enviadas ya sea en estado natural o manufacturadas si se encuentran embaladas correctamente.
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material radioactivo, especímenes biológicos deben ser expedidos por un organismo oficial o laboratorio establecido y habilitado. Consultar a nuestro Centro de Contacto 0800 2108.
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metales preciosos (ej. oro, plata manufacturados o no), joyas, piedras preciosas (ej. diamantes). Los objetos con pedreria y metales preciosos, cuando viajan con declaración de valor y demás previsiones UPU, están permitidos.
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vinos están permitidos si viajan en su envase original cerrado de fábrica y bien embalados.
METAL
Se puede enviar debidamente declarado, que no sean en forma punzante o cortante, depende siempre de la compañia aérea que los transporte o no, pueden rechazarlos. No es una prohibición de los países, ni de los organismos internacionales que regulan la actividad postal (UPU, UPAEP).